Índice

Pena de muerte, ¿justificarla o abolirla?

Grupo Elron

 

 

http://www.ya.com/penademuerte/bush.notfinal.htm

 

Desde el principio de los tiempos la lucha ha sido la de los

buenos contra los malos, pero dime: ¿quiénes son los buenos?

 

 

Pennn & Teller Pena de Muerte 1

http://www.youtube.com/watch?v=8ZWslojLVVA

Pennn & Teller Pena de Muerte 2

http://www.youtube.com/watch?v=sZ45Fq-S_vg

Pennn & Teller Pena de Muerte 3

http://www.youtube.com/watch?v=xcSzkcLjpk4&NR=1

Pennn & Teller Pena de Muerte 4

http://www.youtube.com/watch?v=AFRmn6GlC7Q

 

Los excéntricos magos Penn y Teller han refutado con sólidos argumentos a quienes propician la pena de muerte, fundamentando su abolición en que, además de degradarnos como seres humanos, también es susceptible de aplicarse a inocentes, ya que nunca existe la certeza absoluta de la culpabilidad de alguien... 

 

 

http://www.amnesty.org/es/library/asset/ACT50/001/2005/es/dom-ACT500012005es.html  

 

En realidad no es necesario demostrar que son muchos los condenados a la pena capital que luego se prueba que no eran culpables, sino que basta la condena de un solo inocente para considerarla una aberración...

 

 

http://www.deathpenaltyinfo.org/innocence-cases-2004-present

 

Alan Gell es citado por Penn y Teller en su programa sobre la pena de muerte como uno de los condenados a la pena capital que luego se demostró que era inocente, siendo los verdaderos culpables los testigos que declararon en su contra. Gell fue condenado a muerte en Carolina del Norte en 1998 y permaneció condenado cuatro años hasta que un juez ordenó que se celebrase un nuevo juicio alegando que los fiscales habían ocultado pruebas exculpatorias. En el segundo juicio, celebrado en febrero de 2004, Gell fue absuelto de todos los cargos.

 

Pena de Muerte

 

http://www.youtube.com/watch?v=Xi6cbz89-Ts 

 

Una reflexión sobre los efectos de la pena de muerte en las familias de los condenados, las cuales, a fin de cuentas, resultan ser las que cargan con el castigo de sufrir la pérdida de un ser querido. Toda madre ama a su hijo por más malvado que éste sea…

 

 HORACIO VELMONT

Quienes propician la pena de muerte consideran justificado

que se corra el riesgo de que también se aplique a inocentes.

Siempre, claro está, que esos inocentes no sean ellos...

 

 

 

JORGE OLGUÍN

El espíritu encarna para aprender las lecciones que tiene pendientes de vidas anteriores y la pena de muerte las frustra. Quienes son partidarios de ella ignoran no solo este hecho sino que en muchos casos el condenado puede ser inimputable si su conducta se debió a la dramatización de engramas que anularon totalmente su mente analítica y que por este motivo no era consciente de sus acciones. Y puede llegar el caso de que aquellos que piden la pena de muerte fueron precisamente los responsables de implantarle al condenado esos engramas...  

 

 

 

AMNISTÍA INTERNACIONAL ARGENTINA

Pena de muerte

Amnistia Internacional Argentina

Cinco criminales son ejecutados de muerte en Irán, agosto de 2007. © AP/PA Photo/Halabisaz

La pena de muerte constituye, en todas las circunstancias, la máxima violación al derecho a la vida y el castigo más extremo, más cruel, inhumano y degradante. Amnistía Internacional trabaja a favor de la abolición de la pena de muerte y la suspensión de su uso.

La tendencia hacia la abolición de la pena de muerte a escala mundial parece imparable. Desde 1990 más de 40 países y territorios han abolido la pena capital para todos los delitos. Hay que destacar como un hito histórico que la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó el 18 de diciembre de 2007 una resolución a favor de una moratoria en la pena de muerte en todo el mundo. La resolución fue adoptada por una amplia mayoría y con gran apoyo transregional. Ciento cuatro países votaron a favor, 52 en contra y 29 se abstuvieron.

En el mundo

Entre 18.000 y 27.000 personas siguen condenadas a muerte en todo el mundo. A lo largo del año 2007 fueron ejecutadas al menos 1.252 personas en 24 países. Al menos 3.347 personas fueron condenadas a muerte en 51 países. Estas cifras son sólo mínimas; las cifras reales son, sin duda, mucho más elevadas.

En el año 2007, el 88 por ciento de las ejecuciones conocidas fueron realizadas en cinco países: Arabia Saudí, China, Estados Unidos, Irán y Pakistán. Arabia Saudí tenía el índice más alto de ejecuciones per cápita, seguido de Irán y Libia.

La cifra total de personas condenadas a muerte y en espera de ejecución es difícil de determinar. A finales de 2007 se calculaba que oscilaba entre 18.311 y 27.562, según la información de grupos de derechos humanos y medios de comunicación, y de las limitadas cifras oficiales disponibles, pero también se sabe que muchas ejecuciones no son informadas por los estados.

Argentina:

En materia de pena de muerte, Argentina se convirtió en agosto de 2008 en un país totalmente abolicionista, al derogar el Código de Justicia Militar, que contemplaba la pena capital para delitos militares. Argentina, además, ratificó el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte, el 2 de septiembre de 2008 y, el 5 de septiembre de ese mismo año depositó ante la Organización de los Estados Americanos (OEA) su instrumento de ratificación del Protocolo a la Convención Americana sobre Derechos Humanos relativo a la Abolición de la Pena de Muerte, convirtiéndose así en el décimo país que lo hace. En ambos casos realizó la ratificación sin formular ninguna reserva.

 

 

 

EL QUID DE LA PENA DE MUERTE 

por Horacio Velmont

¿Pides justicia o buscas venganza?  

 

          Ninguna duda existe de que el tema de la pena de muerte es uno de los que más debates ha suscitado, y sigue suscitando, en toda sociedad civilizada desde tiempos inmemoriales, sin que sorprendentemente se haya podido llegar a la única solución lógica: su abolición total.

          ¿Cuáles serían los motivos para ello? Pongamos el siguiente ejemplo. Imaginemos un caso extremo, a una niña, digamos de 12 años, desaparecida, que luego se la encuentra en un basural muerta, sin ropas y violada.

          La policía encuentra a un sujeto que a todas luces es sospechoso de ser el violador, la Justicia lo juzga, lo encuentra culpable, lo condena a morir y finalmente la sentencia se cumple.

          Ahora bien, meses más tarde se presenta a la policía el verdadero violador, quien arrepentido confiesa la autoría dejando al descubierto que la sociedad ha asesinado a un inocente.

          La pregunta es qué sucederá con todos los que participaron, de una manera u otra, en esa muerte injusta, porque aunque no se los condene porque el error de buena fe los deja a salvo (¿realmente los deja en forma absoluta a salvo?), no dejan de ser responsables de esa vida y eso lo llevarán en su conciencia, les guste o no.

          Al punto que quiero llegar con este ejemplo es que no existe certeza absoluta de que alguien condenado a muerte y ejecutado sea verdaderamente culpable.

          Sabemos, porque esto se ha difundido hasta el hartazgo, que muchos condenados a la pena capital se han salvado a último momento porque se descubrió su inocencia, y también que muchos otros no tuvieron tanta suerte.

          Lo concreto es que no existiendo ninguna certeza --y ésta por lógica, tratándose de un asunto tan crucial, debe ser absoluta-- de que el que es condenado a muerte sea verdaderamente culpable, la pena de muerte constituye lisa y llanamente una aberración.

          Podemos discutir si la pena de muerte es disuasiva o no de los delitos, pero la clave es que existe la posibilidad de que se mate a un inocente. Y esta posibilidad no solamente puede darse por error de la justicia, sino también por la corrupción de los fiscales acusadores, sea por negligencia, por ocultar pruebas o por otras razones espurias.

          Es público y notorio que un fiscal acusador tiene que lograr condenas porque si fracasa demasiado pierde se puesto. ¿Esto nos está diciendo algo?

          Y no solo hay que señalar con el dedo a los fiscales acusadores, sino también a los jueces y a los jurados de turno, que pueden estar tan aberrados con respecto a este tema que pueden llegar a considerar que es loable eliminar a criminales aun con el riesgo de eliminar también a algunos inocentes.           El fin justificaría los medios. Siempre, claro está, que los inocentes condenados sean otros. 

          Un tema que también se ha puesto en el tapete por los que están en contra de la pena de muerte está referido a los familiares del condenado, porque aducen, con toda lógica, que se les hace pagar también a ellos con una pena quizás peor que la muerte, la aflicción de por vida.

          La cuestión es que quienes abogan por la pena de muerte ignoran los motivos de la encarnación, que es fundamentalmente aprender las lecciones pendientes de vidas anteriores, y es obvio que este castigo capital se lo impide.

          Otra cuestión a considerar, no menos importante, es que aunque alguien haya cometido un delito, en los hechos puede ser inimputable.

          Esto puede ocurrir porque en la actualidad no existe tecnología válida como para determinar con certeza el estado emocional o el grado de conciencia analítica que tenía la persona en el momento de delinquir, pues los psiquiatras forenses hacen la deducción basándose en test que han demostrado ser poco menos que confiables.  

          En realidad, sí existe manera de determinar el grado de conciencia analítica de una persona en un momento determinado, pero esta tecnología solamente está a disposición de los cienciólogos y no de los psiquiatrías forenses. 

          Los conocidos magos Penn y Teller han abogado categóricamente en contra de la pena de muerte haciendo hincapié, en uno de sus aspectos, en que la inyección letal no es garantía alguna de que el condenado no sufra, ya que han habido investigaciones que darían cuenta de que antes de morir sintieron todo el horror de lo que les estaban haciendo por insuficiencia de la anestesia.

          Más allá de la verdad de esta aseveración, es obvio que tampoco la pena de muerte sería aceptable si existiese una forma absolutamente indolora de provocar el deceso del condenado, ya que, como es obvio, no podría justificarse la muerte de un inocente sosteniendo que no sufrió nada.

          Otro de los temas que no se puede soslayar es la determinación de si la cárcel es un castigo o un factor de reinserción del delincuente en la sociedad, porque es obvio que si es esto último la pena capital lo impediría.

          Tampoco podemos dejar de hacernos la pregunta sobre si alguien que ha cometido un crimen  atroz, como el de violar y asesinar a una criatura, puede salir en libertad si se le impide, por algún medio técnico como lo es la denominada “pulsera magnética”, que vuelva a cometer algo semejante.

          Aunque esto sea posible estamos seguros de que nuestra sociedad no lo aceptará porque está imbuida de la idea de que al delincuente, especialmente si su delito es aberrante, hay que castigarlo y no curarlo, y menos aún darle la libertad.

          En materia de violadores existen un tema sumamente importante, y es la  denominada “castración química”.

          Más allá de su legalidad, lo cierto es que los médicos cuestionan la eficacia de la castración química para controlar a los agresores sexuales.

          Pero, ¿qué es en definitiva la castración química? Consiste en administrar cierto tipo de fármacos que disminuyen la libido del paciente y, por tanto, sus deseos y fantasías sexuales. Estos medicamentos son reversibles en el sentido de que actúan solo mientras se consumen. En teoría, pueden quitarle al delincuente las ganas de agredir sexualmente.

          No obstante, muchos dudan de su eficacia real aduciendo que no existen pruebas fehacientes de que la castración, ya sea física o química, sirva para inhibir el deseo, porque éste no procede exclusivamente de impulsos físicos. 

          En cada individuo, afirman, hay una interacción constante entre el cerebro y las hormonas; lo físico es tan determinante para el comportamiento como lo aprendido, lo social, lo cultural.

          En otras palabras, que el sexo está también en el cerebro, de modo que calmar las hormonas no eliminaría la educación adquirida, por lo que el tratamiento no sería una solución definitiva. En concreto, si alguien está trastornado, los fármacos no le van a ayudar.

          A pesar de que la efectividad del tratamiento no ha sido contrastada, la castración se aplica en algunos sitios como en los estados de California y Florida, en Estados Unidos.

          La Asociación de Asistencia a Víctimas de Agresiones Sexuales ha señalado que "en Estados Unidos no ha tenido ningún éxito". Los reclusos que han aceptado someterse a esta medida "han salido mucho más rebotados, más nerviosos y más peligrosos", afirma la presidenta de esta asociación, Rocío Mielgo.

          Algunos expertos advierten que, en lugar de acabar con la agresividad, la castración química puede limitarse a "desviarla". Si a un violador agresivo se le provoca impotencia, puede expulsar esa agresividad por otras vías y convertirse, por ejemplo, en un asesino.

          Nosotros, los que integramos el Grupo Elron, sabemos que mientras no se eliminen de la mente reactiva el o los engramas que llevan a un violador a conducirse aberradamente, la castración química no sirve porque sería algo similar a tratar de impedir la filtración del agua reparando la porción húmeda de la pared sin primero reparar el caño roto, ya que el agua se filtraría por otro lugar.

          También sabemos que la mente reactiva luchará con denuedo, por ser inherente a su naturaleza, contra cualquier fármaco que pretenda inhibir sus engramas, y si al impulso se le impide salir por derecha, pues lo hará salir por izquierda, si se entiende a qué me estoy refiriendo.

          Pero volviendo al tema de un violador que abusa de una criatura y la asesina y se lo condena a prisión perpetua, la pregunta es: ¿Se lo libera de inmediato si por ejemplo a los pocos días de estar purgando cárcel se curara de su perversión?

          Para responder no pongamos sobre el tapete la dificultad de que en la actualidad algo así sea posible, sino si habría que liberarlo de inmediato si su cura fuera posible, ya que de la respuesta surgirá si deberemos considerar a la cárcel como un castigo o como un factor de reinserción del delincuente en la sociedad.